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Los puntos clave de la Ley de Derecho a la Vivienda de Adelante Andalucía: límite al alquiler, eliminar viviendas para uso turístico o expropiar viviendas vacías de grandes tenedores

18 Jun, 2025 · 15:27h

Adelante Andalucía presentó el pasado martes una nueva proposición de Ley en el Parlamento de Andalucía, la Ley de Derecho a la Vivienda, que promete combatir uno de los principales problemas imperantes en nuestra sociedad. En Andalucía, el problema de la vivienda adquiere un cariz aún mayor si tenemos en cuenta los factores socioeconómicos que rodean a nuestra comunidad: precariedad, desempleo y turistificación, por subrayar algunos. Mientras tanto, el precio de la vivienda experimentó un crecimiento del 10,4% en 2024 en nuestra comunidad, la que mayor incremento registró.

Para tratar de solucionar un problema que ha movilizado a los andaluces y andaluzas en varias ocasiones en los últimos meses, el grupo andalucista ha vertebrado su proposición de ley en tres aspectos fundamentales: limitar el precio del alquiler, expropiar viviendas vacías de grandes tenedores o eliminar viviendas para uso turístico.

La Proposición cuenta con un total de 22 artículos que componen los cinco títulos de la Ley. El primer título se corresponde al de limitar el precio de los alquileres. Para ello, el grupo andalucista ha propuesto una batería de medidas, que oscilan entre limitar los contratos de alquiler cuyo fin es la residencia permanente del arrendatario en Zonas de Mercado Residencial Tensionado (ZMRT), revisar anualmente las ZMRT, limitar el precio del alquiler en las viviendas ubicadas en este tupo de zonas y fijar un precio de referencia que estará marcado por los residentes en la sección censal donde se encuentre la vivienda.

El Título II de la Ley es el referido a la eliminación de la vivienda destinada a uso turístico. Según el INE, en 2024 Andalucía fue al comunidad que más viviendas para uso turístico registraba, casi 80.000, lejos de la Comunidad Valenciana, con 58.300. Y pese a los exiguos intentos de la Administración por controlar este problema, lo cierto es que las grandes ciudades y, sobre todo, las costeras, siguen experimentando un descontrolado crecimiento de VUT.

En este aspecto, Adelante propone modificar el artículo 6 del Decreto 1/2025, de 24 de febrero, de medidas urgentes en materia de vivienda, para: en primer lugar, no conceder nuevas licencias en municipios tensionados y, en segundo lugar, dar un plazo de tres años a los Ayuntamientos para la suspensión de las licencias de viviendas destinadas al alojamiento turístico que actualmente se encuentren en vigor.

Por último, respecto al Título III, al de la expropiación de la vivienda vacía propiedad de grandes tenedores, el grupo andalucista ha propuesto crear un Registro de Grandes Tenedores de Vivienda Deshabitada como instrumento básico para el control y seguimiento de estas viviendas, siempre y cuando la persona, física o jurídica, sea propietario de más de cinco viviendas.

De este modo, se declarará de «interés social» la «expropiación forzosa» por «incumplimiento de la función social de la propiedad respecto de las viviendas propiedad de grandes tenedores» cuando se mantenga deshabitada la vivienda de forman ininterrumpida en el plazo mayor de dieciocho meses desde su declaración en el citado registro.

Las viviendas expropiadas con arreglo a esta Ley se destinarán a cubrir las necesidades de tipo social de vivienda en régimen de alquiler del parque público de vivienda de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA).

Los títulos cuatro y cinco de la ley, están referidos a elevar la figura de los sindicatos de inquilinos e inquilinas como mediadores y a la creación de la Oficina Andaluza de Protección de Inquilinos e Inquilinas, para «asegurar el cumplimiento efectivo del destino de la vivienda al uso legalmente establecido de dar habitación e incentivar la incorporación de las viviendas deshabitadas al mercado inmobiliario».

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