Alojamiento turístico en calle Cuna (Sevilla). Foto: Diario de Sevilla

Los ayuntamientos andaluces ya pueden limitar y prohibir los alojamientos turísticos tras ser habilitados más de 116.000 en la comunidad

Los ayuntamientos andaluces ya disponen, por fin, de las competencias necesarias para regular la cantidad de alojamientos turísticos que ostenten en sus términos municipales. El Gobierno andaluz aprobó ayer lunes un decreto de apartamentos turísticos que otorga a los consistorios autonómicos la potestad de limitar e incluso prohibir este tipo de pisos en sus planteamientos siempre que se argumenten razones de interés general. Una iniciativa que vendrá a paliar dinámicas secundarias que se han ido desarrollando en torno al -difícil accesibilidad al alquiler para la población autóctona, turistificación de los centros históricos y desplazamiento de oriundos/as a otros barrios…-, pero que llega tarde, teniendo en cuenta que Andalucía ya supera los 116.000 alojamientos turísticos actualmente habilitados.

La norma, que ha sido aprobada meses más tarde de que el propio Gobierno andaluz desestimase los pasos recorridos por varios consistorios, como los de Cádiz y Sevilla, para regular la proliferación de estos apartamentos, aterriza con el propósito de hacer compatible en los municipios andaluces, especialmente en aquellos que mayor tasa de visitantes concentran, la vida turística con la de la población local. Esta nueva normativa contribuirá a un mayor control y conocimiento sobre el número de viviendas activa en cada período y sobre la identidad de su verdadero explotador -pues la Administración conocerá qué empresa gestiona profesionalmente los servicios de hospedaje-.

El decreto no solo permitirá a los consistorios locales establecer «limitaciones proporcionadas a razón de interés general, en lo que respecta al número máximo de viviendas de uso turístico por edificio, sector, ámbito, períodos, área o zona», sino que también especifica las condiciones de habitabilidad de estos pisos turísticos, de modo que se definen cuántos baños debe haber por habitantes, qué superficie, el número de ventanas, o, qué características tendrá el ajuar doméstico y las instalaciones de acondicionamiento climático.

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