Loles López, consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, consiguió sacar adelante un decreto ley que modifica la ley 13/2007 de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género y se regula la prestación económica a los hijos e hijas menores de edad de mujeres víctimas mortales como consecuencia de violencia de género. La unanimidad de la cámara fue absoluta ante esta medida. La titular de la consejería afirmó que “cuando se reconocen derechos, no vale la crítica por la crítica”, además agradeció que “todos estemos unidos en esto”.
Esta renovación legislativa provoca la adquisición de una prestación económica anual de 5.000€ hasta el cumplimiento de la mayoría de edad. Es ahí donde parlamentarios como Mercedes Gámez, secretaria de igualdad de PSOE-A, puntualizó que lo ideal sería que hubiese una amplitud en la edad máxima para recibir esta ayuda económica hasta, mínimo, los 21 porque “muy pocos jóvenes tienen una auténtica independencia económica para desarrollar sus vidas”.
Además, en el debate de la aprobación de este decreto intervino José Manuel Gómez Jurado, diputado Por Andalucía, para afirmar la positividad de esta mediad, señalar la necesidad de ampliar la edad máxima para la prestación y añadió que es una ley “incompleta” porque “es importante entender que el derecho no se quede simplemente en las prestaciones”, alentando a ofrecer servicio psicológico a estos afectados por la violencia de género.
El importe de la prestación será una cantidad fija de pago único anual por cada persona beneficiaria, como así recoge el artículo 4 del capítulo segundo de esta nueva ley, aunque en este mismo artículo podemos observar que esta cifra esta sujeta a cambios ya que se actualizará anualmente conforme al IPC. Además, esta prestación económica puede ser compatible y complementaria con cualquier otra prestación pública o privada. La modificación legislativa también afirma que esta ayuda financiera será realizada sin importar la filiación hasta que alcance la mayoría de edad, siempre que los beneficiarios o la mujer víctima de violencia de género residan en Andalucía en el momento del hecho causante.
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Redactor en Espacio Andaluz